¿Qué Pasa?

Los retos que enfrentarán las autoridades en Carnavales con el nuevo Código de Policía

En carnavales la cultura está por encima de las restricciones.

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El ambiente festivo de Barranquilla en su Carnaval representará a las autoridades un reto para la aplicación de algunos artículos del nuevo Código de Policía, que entra en vigencia este 30 de enero.

Entre el 25 y 28 de febrero son los días de una de las principales fiestas de Colombia, aunque a partir de la Lectura del Bando de este sábado se hacen más constantes las celebraciones en barrios y eventos masivos.

La normativa prohíbe consumir licor o sustancias alucinógenas, orinar y que haya vendedores estacionarios en espacio público. Además, castiga los excesos de ruido, beber licor en las tiendas y el uso de animales exóticos. En medio de las festividades oficiales y de barrio, en años anteriores, ha sido común ver cada una de estas acciones que ahora podrían ser castigadas con sanciones, que en algunos casos son económicas y alcanzan los $786.898.

Una tradición

Orlando Jiménez, presidente de Undeco (Unión Nacional de Comerciantes) Atlántico, aseguró que prohibir que las personas consuman bebidas alcohólicas en las tiendas es ir en contra de la “cultura de la Costa y del país”.

Undeco registra en Atlántico 7.900 establecimientos afiliados, y aproximadamente unos 4.500 son tiendas. Aseguran que cada una vende en promedio 30 o 40 cajas de cerveza al mes. Jiménez consideró que es una tradición porque son los grupos de vecinos quienes se sientan a hablar y a tomarse unas cervezas.

El presidente del gremio de comerciantes propuso que se prohíba la venta a aquellas que “sacan mesas, sillas, y se extienden hasta altas horas de la noche”. “Ahí ya seríamos un poco más consecuentes. Afecta, pero no sería total, puesto que puede venderlas”.

Orlando Jiménez expresó estar “seguro que es imposible” controlar temas como estos, y “más aún en Carnaval”. “La cultura está por encima de las restricciones. La Policía debe dedicarse es a controlar los atracos y la inseguridad, no a quienes están trabajando”. Afirmó que este miércoles esperan reunirse con la Policía para “verificar las restricciones”.

Distrito

El secretario de Gobierno de Barranquilla, Clemente Fajardo, anunció que el Distrito expedirá después del 30 de enero unas “normas especiales” para regular aspectos que “son propios de la idiosincrasia o la cultura de la ciudad”, algo que permite el Código de Policía. “El Carnaval es, por supuesto, la fiesta que identifica a los barranquilleros. Es patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad (declarado por la Unesco)”.

El funcionario señaló que la Policía “no debe descuidar lo fundamental: la seguridad ciudadana”. Precisó que lo que busca la Alcaldía es “aterrizar muchos temas” con las “normas especiales”. Enfatizó en que, en “ningún momento”, pretenden que se prohíban “comportamientos típicos” del Carnaval. “Tampoco vamos a tener a los policías detrás de la gente, cuando hay temas más importantes para atender”.

Aspectos como cerrar la Vía 40 para los desfiles, o las calles para fiestas; hacer una verbena, bailar en frente de la casa son tenidos en cuenta como propios de la idiosincrasia local. “Hay que entender la fiesta como la oportunidad de estar con los amigos y la familia”. Sin embargo, el consumo de drogas u orinar en la calle “no tiene nada qué ver con la fiesta”, según Fajardo. “Son temas ciudadanos que se les tendrá que dar la aplicación del Código”.

El funcionario aseguró que los bailes y las ventas en espacio público, y el ruido son parte de la “esencia de la fiesta y tendrán un tratamiento especial”.

El secretario también se refirió a algunos casos como en los que la Policía puede entrar a apagar un equipo de sonido, que han sido rechazados por ciudadanos que consideran podría dar un “exceso de autoridad” a los uniformados. Destacó que el país “necesitaba” una Policía que “tuviera más dientes”. “Por ejemplo, a veces hay vecinos que por más que le insisten que le baje el volumen y no lo hace. Eso ha producido casos de intolerancia y hechos que lamentar”.

Policía

El teniente coronel Raúl Vera Moreno, asesor de la dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional, coincidió en que los alcaldes pueden expedir reglamentaciones especiales, en relación con los artículos del Código.

En los casos que se castiga el exceso de ruido, el oficial también reconoció que saben que habrá unos niveles importantes porque hay espectáculos o desfiles. Pero dijo que en otros donde “afecte a la comunidad” podrán ordenar a las personas que cesen el sonido, y “de no hacerlo se le impondrá una orden de comparendo”. “La ley busca devolver la tranquilidad a la población”.

Vera Moreno ratificó que el consumo de sustancias alucinógenas no estaría permitido, “a menos que la Alcaldía disponga lo contrario”. “Si se aplica, se le ordena a la persona que se retire, se le incauta la sustancia. Y si no obedece se impone una orden de comparendo”.

Sobre la tenencia de flora y fauna o hacer necesidades fisiológicas en espacio público, explicó que si sorprenden a una persona orinando en sitios prohibidos “será objeto de un curso pedagógico o trabajo comunitario”. “Así como de la imposición de una multa, que quedará a criterio del inspector de aplicarla o no. La tenencia de fauna silvestre está prohibida y pueden ser objetos de cursos pedagógicos y de multas. Además de la incautación del animal”.

El teniente coronel también respondió a los cuestionamientos de posible “exceso de autoridad”. Aseguró que “las autoridades sin capacidad de reflexión y de opciones primero como la pedagógica, se convierten en verdugos de la comunidad, y eso es lo que no queremos”. “Hay comportamientos que incomodan a los barranquilleros y visitantes durante el Carnaval, que muchas veces son reprochados. Esperamos que esta herramienta sea de utilidad”.

Sin excesos de ruido

El nuevo Código da a la Policía facultades para identificar, registrar y desactivar la fuente de ruido de fiestas, reuniones, ceremonias, actividades religiosas o eventos similares, en casos que afecten la convivencia del vecindario, o cuando generen molestia por su impacto auditivo.

Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de medidas las medidas correctivas, que también pueden ser sanciones económicas. La multa alcanza hasta 16 los salarios mínimos diarios ($393.449).

Prohibido orinar en zona pública

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Realizar necesidades fisiológicas, como orinar en el espacio público, tendrá una sanción de $786.898. La restricción está contemplada en el artículo 140.
El nuevo Código de Policía de Colombia también ordena a los establecimientos de comercio abiertos al público prestar el servicio de baño a niños, mujeres en estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, “sin importar que los mismos sean sus clientes o no”. La inobservancia de la presente norma tendrá como consecuencia la imposición de una multa Tipo 1 ($98.362) o suspensión temporal de actividad.

No alcohol ni alucinógenos

Art. 140: Consumir sustancias alcohólicas o sicoactivas en el espacio público o en lugares privados abiertos al público generaría una multa de ocho salarios mínimos diarios ($196.725) y la disolución de la actividad. En los casos donde el consumo es en inmediaciones a una institución educativa, la multa sube a 16 salarios diarios ($393.449). Además, la Policía destruye el licor o el alucinógeno. Si es un menor de edad el que consume o expende, tendrá que participar en un programa de convivencia. Entre los artículos 83 y 94 también dice que no se puede consumir licor en establecimientos como tiendas.

Sin ventas en espacio público

La nueva normativa establece unos comportamientos “contrarios al cuidado e integridad del espacio público” que “no deben efectuarse”, también estipulados en el artículo 140.
“Cuando el comportamiento de ocupación indebida del espacio público a que se refiere el numeral 4 del presente artículo, se realice dos veces o más, se impondrá, además de la medida correctiva prevista multa por $98.362 en el parágrafo anterior, el decomiso o la destrucción del bien con que se incurra en tal ocupación, se lee en el parágrafo 3 del Código de Policía.

Protección a los animales

El artículo 101 precisa una serie de comportamientos que afectan las especies de flora o fauna silvestre. En el listado registra tener animales silvestres en calidad de mascotas. Para quienes es costumbre utilizar animales silvestres como parte de disfraces en esta época de Carnaval, podrían exponerse a una sanción, por ejemplo, por parte de la Policía Ambiental del Área Metropolitana, así como la departamental.
En estos casos, la autoridad competente podrá aplicar el cobro de multa por $393.449. Además, podrá decomisar el animal.