¿Qué Pasa?

REPORTAJE | ‘La Gata’: 37 años de condena y un sinfín de recursos para evadir la prisión

El último lo agotó el 18 de diciembre, cuando el juez Sexto de Ejecución de Penas de Barranquilla decidió sustituir la prisión hospitalaria en la que se encuentra por hospital en casa, tras la solicitud presentada por su abogado Diego Muñetón.

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El último recurso lo agotó Enilce López, la ‘Gata’, el 18 de diciembre, cuando el juez sexto de ejecución de penas de Barranquilla decidió sustituir la prisión hospitalaria en la que se encuentra por hospital en casa, tras la solicitud presentada por su abogado Diego Muñetón.

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El 27 de enero de 2011, el juzgado séptimo penal del circuito especializado de Bogotá emitió una sentencia en la que declaró penalmente responsable del homicidio de Amaury Fabián Ochoa Torres, perpetrado el 12 de junio del 2000 entre los municipios de El Carmen de Bolívar y Ovejas (Sucre) a Fernando Caro Solano, y condenó a la exempresaria del chance Enilce López Romero a 37 años de prisión por ser la determinadora del crimen.

En su momento, fue condenada como autora penalmente responsable del delito de concierto para delinquir agravado y fue absuelta del cargo de homicidio agravado. Así mismo, el fallador denegó a la ‘Gata’, la suspensión condicional de la ejecución de pena y la prisión domiciliaria, sin embargo, concedió “reclusión intrahospitalaria por enfermedad muy grave”.

Desde entonces, su equipo de abogados ha tratado de demostrar que es falso de lo que se le acusa, buscando la manera, además, de que pague su condena de una forma menos agresiva que estar en una cárcel. Su principal excusa es su estado de salud.

De acuerdo con los reportes de las valoraciones entregadas por el Instituto de Medicina Legal, que han estudiado su caso los últimos 11 años, la polémica exempresaria presenta desnutrición producida por un cuadro de anorexia –no pesa más de 34 kilos– y depresión, y no ha podido superar su condición clínica crítica. Razón por la que no ha pagado más de dos años en prisión y la mayoría de la pena la ha cumplido en hospitales, donde logró establecer sus propias condiciones de reclusión.

LA PRIMERA ENTRADA

La primera entrada a la cárcel de López Romero fue a la del Buen Pastor en Bogotá, el 17 de febrero de 2006. Luego, el 23 de noviembre, fue trasladada a la cárcel de mujeres de Santa Marta.

El 15 de junio de 2007 fue remitida a la Clínica la Asunción, en Barranquilla. Fue trasladada a Bogotá, el 17 de septiembre de 2013, en donde pasó cuatro meses en el Hospital Cardiovascular de San Mateo, en Soacha. El 31 de diciembre de 2013, el juzgado séptimo penal del circuito especializado de Bogotá decidió mantener la prisión intrahospitalaria. Luego de ello, llegó al E.S.E Cari donde hasta la fecha permanece recluida. El 12 de noviembre de 2014 fue la primera vez que el equipo de la ‘Gata’ le apostó al recurso de la solicitud de la hospitalización en casa, sin embargo, fue negado por el juzgado tercero de ejecución de penas de Barranquilla y mantuvo la reclusión intrahospitalaria.

Según lo expuso Diego Muñetón el 2 de enero, a las afuera del Cari, Enilce López presenta “27 patologías base: desnutrición proteico calórica, isquemias, problemas de cardiopatía, sangrado digestivo, obstrucciones pulmonares crónicas”, por lo que volvieron a presentar la solicitud del recurso de ‘home care’ para la reclusa. Decisión que fue aprobada por el juez séptimo de ejecución de penas de Barranquilla, el 18 de diciembre de 2017.

“El togado produjo la decisión en aras de preservar sus derechos fundamentales, aclarando que no se trata de un beneficio, sino de un derecho que está establecido en la Constitución Política y en el ordenamiento penal”.

De acuerdo con una fuente jurídica, consultada por este medio, “una persona condenada tiene derecho a la prisión domiciliaria –que es similar a la detención domiciliaria, con la diferencia que la detención es en la etapa del juicio y la prisión se da cuando ya se está condenada–. Para concederla hay una serie de requisitos como: que sea cabeza de familia, madre soltera con hijos, que no tengan otra persona, o que tenga una enfermedad que requiera de la intervención de médicos distintos a los del reclusorio.

Agregó que “este recurso se consigue con fundamentos del dictamen de Medicina Legal, institución que tiene que decir si la persona puede hacer vida carcelaria y hacerse el tratamiento en la cárcel o si por el contrario, debe hacerse el tratamiento en su residencia”.

Tras conocerse que el juez sexto de ejecución de penas de Barranquilla le otorgó la hospitalización en casa a López, un recurso “diferente” al de casa por cárcel, pero que al final termina siendo lo mismo porque la reclusa gozaría de unas mejores condiciones a las que encuentra en un hospital, el fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, pidió a Carlos Valdés, director del Instituto de Medicina Legal, que asumiera el concepto de la valoración de la salud de la ‘Gata’. “He pedido, en calidad de fiscal general de la Nación, que, personalmente, el director de Medicina Legal, Carlos Valdés, asuma este concepto que la sociedad colombiana y la Fiscalía General de la Nación esperan se rinda con todo el rigor técnico y experticia objetiva que se requiere en un caso de esta naturaleza”, manifestó en su momento el jefe del ente acusador.

Entre tanto, Valdés advirtió que la condenada exempresaria del chance debe seguir recluida en el hospital Cari de Barranquilla y no en la casa por cárcel, como lo ordenó el juez sexto de ejecución de penas de la capital atlanticense.

El titular de Medicina Legal convocó a los seis galenos que han evaluado el caso de la ‘Gata’ desde hace 11 años y emitieron un oficio dirigido al juez. En el documento la entidad concluye, primero, que en la casa de López, ubicada en la carrera 59 No. 91-42 de Barranquilla “no existe ninguna condición adecuada para cuidados hospitalarios, como los requiere en materia de atención el estado crítico” de López Romero. Y, segundo, sentencia el Instituto que la condenada empresaria del chance “debe seguir siendo tratada en centro hospitalario hasta que no se demuestre que su estado clínico ha sufrido variación hacia su mejoría”.

LA POSICIÓN DE LA FISCALÍA

A su turno, el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo, pidió, a través de un oficio enviado al Juzgado 6 de Ejecución de Penas, la revocatoria del beneficio de detención domiciliaria concedida. “2018 será el año en el que tenemos que revisar la política criminal del Estado, fundamentalmente frente a los actos de corrupción. Es paradójico e inaceptable que, mientras que los colombianos de escasos recursos, por robarse una libra de carne se la pasen toda la vida sometidos al sistema penitenciario, los corruptos obtengan los beneficios que son inadmisibles para una sociedad que busca combatir la corrupción. Hemos pedido la revocatoria de la detención domiciliaria de Emilce López, a través de una Procuraduría Delegada en lo penal, y esperamos que el juez de ejecución de penas sea consecuente con la solicitud de la Procuraduría”, afirmó Carrillo.

Además, para el Ministerio Público, si la medida busca proteger la salud y la dignidad humana de López Romero, el traslado a su domicilio pondría en riesgo e interrumpiría los tratamientos que actualmente recibe en el Cari.

Aunque los entes de control han tomado cartas en el asunto para que se investigue si el procedimiento en el que se determinó que Enilce López podía pagar su condena en hospitalización en casa, como la indagación preliminar que se abrió al equipo médico del Cari que la atiende, a los procesos de valoración en los que se determinó su grave estado de salud, con el fin de esclarecer si se ocultaron documentos de la historia clínica.

Inicialmente, la pesquisa, que lleva un fiscal seccional del Atlántico, no está dirigida contra un galeno o directivo en particular y busca determinar si el equipo de doctores que llevan el caso de López omitió entregar a la autoridad forense o judicial documentos médicos que pudieran arrojar mayores luces sobre el confu so cuadro de salud de la ‘Gata’.

Carlos Valdés cuestionó en entrevista con este medio que durante los últimos 11 años en que han estado estudiando el caso de la condenada exempresaria del chance le han negado a la entidad forense “en muchas ocasiones, no solo ahorita, los soportes documentales y supuestos exámenes médicos” de las historias clínicas de López, quien ha evadido la prisión desde 2008 por sus quebrantos de salud.

Sus abogados siguen firmes en la idea de que “por donde se le mire es mejor que ella esté en la casa”, pues según lo dijo Iván Cancino, la hospitalización de su defendida le cuesta al país $40 millones mensuales.

“Cuando en Colombia hay una decisión que a la Fiscalía no le gusta, entonces quiere armar un escándalo, pero la señora Enilce López tiene derecho como cualquier otra persona, está en un estado de salud deplorable, y lo que el país no entiende es que ella no puede estar en una cárcel y que estando en un hospital le cuesta incluso más dinero al contribuyente, una cuenta muy prudente es de $30 o $40 millones mensuales entre guardias, la salud y la habitación, y estando en la casa ella es la que tiene que soportar la carga, y no le vale al país más de $3 millones: desde cualquier lado que se mire es mejor para el país, dijo el defensor.

El día que se anunció la decisión del juez sexto, Diego Muñetón afirmó que “la señora Enilce está ansiosa porque se le cumpla el traslado a su casa”, donde ya se estaban instalando todos los equipos necesarios para su traslado al ‘home care’, un derecho por el que “ella misma va a pagar”, sin embargo, aún no se ha definido si se va a hacer efectivo.