¿Qué Pasa?

‘Cartel de las pensiones’ cobraba entre el 2 y el 10% por cada sentencia

Manipulaban el sistema de reparto para que procesos cayeran en el Juzgado 14 Laboral: Fiscalía.

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Reveladores detalles dio a conocer el fiscal sexto delegado ante el Tribunal, durante la audiencia de imputación de cargos contra once personas capturadas en Barranquilla, señaladas de conformar una banda delictiva que se dedicaba a defraudar a Colpensiones y al Instituto de Seguro Sociales, hoy en liquidación, mediante la jurisdicción laboral.

Los capturados fueron identificados como Alfonso Luis Noguera Imitola, exjuez Cuarto Laboral en provisionalidad para la época de los hechos; Wulfran Carrillo Marín, asistente administrativo de la Dirección Seccional de Administración Judicial; Edith Marina Blanco Carbonell, secretaria del Juzgado 14 Laboral; William Eduardo Gerónimo Saltarín y Pedro Mario de Jesús Rey Comas, empleados del mismo juzgado; los abogados María Gisel Romero García, David Andrés Guarguatí Méndez, Yesenia del Carmen Barrios Sandoval, Filomena María Gutiérrez Fandiño y Rusbel Antonio Martínez Villa, al igual que el demandante, José Gregorio Hernández Díaz.

Esta es la segunda parte de una operación que en diciembre de 2018 permitió las capturas del entonces juez encargado 14 Laboral de Barranquilla, Juan Carlos Correa Olaya, hoy condenado; y de los abogados Maryori Sofía De la Hoz Peña; Zirina Viviana Galezzo Bolívar y José Ulises Torres Narváez, este último exsecretario del mismo Juzgado laboral, quienes permanecen con medida de detención carcelaria.

De acuerdo con el representante del ente investigador, los integrantes del denominado ‘cartel de las pensiones’ presentaban demandas ordinarias, en las que varios de los hoy capturados fungían como apoderados de los demandantes, pretendiendo el reconocimiento de derechos laborales tales como pensión de vejez por alto riesgo, reconocimiento de retroactivos por dominicales y festivos; indemnización moratoria por la no cancelación en forma completa y oportuna de salarios, cesantías y demás prestaciones, entre otros reconocimientos, sin que existieran los soportes que acreditaran la legalidad de los mismos.

Para ello, afirmó el fiscal, el entonces Juez 14 Laboral y en otras ocasiones Alfonso Luis Noguera Imitola, una vez concertados o puestos de acuerdo, reconocían los mencionados derechos y se encargaban de hacerlos efectivos, ordenando a su vez la entrega de títulos judiciales, actuaciones “manifiestamente contrarias a derecho” que permitieron defraudar el patrimonio económico del Instituto de Seguros Sociales y de Colpensiones, por montos que superaron los $22 mil millones, desde 2008 hasta 2014.

El porcentaje por cada fallo, según lo revelado por el fiscal, oscilaba entre el 2 y el 10 por ciento del valor total por cada proceso que era fallado en favor de la parte demandante y en contra de Colpensiones y del Instituto de Seguro Sociales, siendo el mayor porcentaje para los entonces jueces Juan Carlos Correa Olaya y Armando Noguera Imitola, así como para la abogada Maryori Sofía De la Hoz Peña, quienes lideraban el ‘cartel de las pensiones’ en el Atlántico.

Detalló el fiscal que los montos de los procesos ordinarios fallados en favor de los demandantes, en muchos de los casos, superaban los mil millones de pesos.

Manipulación del sistema de reparto

Pero para lograr su objetivo, los miembros del ‘cartel de las pensiones’ tenían que asegurarse que las demandas interpuestas por los abogados ‘cayeran’ en el Juzgado 14 Laboral de Barranquilla, y para ello necesitaban de la colaboración de una persona que direccionara las mismas a ese despacho, por lo que Pedro Rey Comas se encargó de contactar a Wulfran Carrillo Marín, para que hiciera esa labor, según la Fiscalía.

“Usted logró, y en varias oportunidades, que se alterara el reparto del sistema informático, con el propósito que se direccionaran demandas para y hacia el juzgado 14 Laboral del Circuito de Barranquilla. Para hacer ese direccionamiento era necesario alterar el sistema informático, si se alteraba, se lograba que las demandas fueran repartidas al Juzgado 14 y luego volvía otra vez el sistema a normalizarse, y eso lo constató un perito en delitos informáticos”, explicó el fiscal durante la audiencia virtual.

Por la gestión que realizaba, Pedro Rey cobraba $3.500.000 (por cada proceso) a los abogados que estaban interesados en que las demandas cayeran en ese juzgado, dinero que luego le entregaba a Wulfran Carrillo Marín. “Esas demandas llegaban a ese Juzgado y a través de un trámite irregular se dictaban sentencias, manifiestamente ilegales, y con ellas se defraudaba patrimonialmente a Colpensiones”, dijo el representante de la Fiscalía.

Demandas falladas con celeridad y sin soportes

Otras de las irregularidades halladas por los investigadores judiciales en los Juzgados Cuarto y 14 Laborales de Barranquilla fue la celeridad que los entonces titulares de esos despachos les imprimían a los procesos ordinarios, demandas que incluso eran falladas en tiempo récord de un mes.

“Doctor Alfonso Luis Noguera Imitola, usted impartía una especial celeridad a esos procesos frente a los cuales tenía un especial interés económico, procesos que eran fallados rápidamente y en muy corto tiempo, en comparación a otros de la misma naturaleza y mismo despacho, los cuales duraban cuatro y hasta 5 años, como lo constató la Fiscalía General de la Nación”, narró el fiscal.

Pero no solo era la celeridad que los entonces jueces laborales les daban a los procesos ordinarios. Otro hecho que llamó la atención de la Fiscalía fue que dichas demandas eran falladas en contra de Colpensiones y del Instituto de Seguros Sociales, sin contar con los soportes legales para las mismas.

Entre las anomalías halladas en los Juzgados Cuarto y 14 laborales de Barranquilla se pudo constatar por parte de los investigadores que en esos despachos se emitían fallos en contra de Colpensiones y del Seguro Social, sin que los demandantes acreditaran los requisitos establecidos para el reconocimiento de una pensión especial de vejez por alto riesgo, tampoco se realizaron cotizaciones especiales de alto riesgo; no se aportaron las demandas de certificación laboral del empleador con las que se demostrara que el empleado hubiera desempeñado actividades de alto riesgo. A pesar que se condenaban a las entidades, no se remitían los fallos al superior en grado de consulta y tampoco se notificaba a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado sobre los mismos.

Se pudo establecer también por parte de los investigadores que se hacía la entrega de títulos ejecutivos cuando todavía no se había hecho el trámite para proponer excepciones; se imputaron irregularmente semanas de cotización para reconocimiento de pensión de vejez y se pagaron igualmente retroactivos, aún con el pensionado cotizando.

En relación con los abogados Rusbel Martínez Villa, quien representaba a Colpensiones en los proceso de demandas laborales en contra de la entidad, y de Filomena María Gutiérrez Fandiño, abogada que actuaba en representación de los interese del Instituto de los Seguros Sociales, el fiscal indicó que contestaron las demandas en contra de las entidades que representaban y propusieron las excepciones de cobro de lo no debido, falta de causa para demandar, ausencia de buena fe, excepción de prescripción y declaratoria de otras excepciones.

Empero, aseguró el fiscal “comparecieron a las audiencias de conciliación, en las que se resolvió desfavorablemente las excepciones que ustedes impetraron, sin embargo, no interpusieron ningún recurso, facilitando con ello el proferimiento de una sentencia en contra de la entidad que usted representaba que era Colpensiones.

Dos homicidios que investiga la Fiscalía

El 13 de septiembre de 2014 fue asesinado de tres tiros, el pensionado de Cementos del Caribe, Néstor Carlos Serrano Henríquez, de 66 años, cuando se encontraba sentado en la terraza de su casa ubicada en la calle 64B con carrera 21B-56, del barrio San Felipe.

Dos años después, el 17 de 2016, sicarios motorizados asesinaron de varios tiros al pensionado de la empresa Monómeros Manuel María Steel Suárez, quien contaba con 63 años. La víctima regresaba a su casa, ubicada en la calle 61 con carrera 26, barrio Los Andes, luego de comprar unos alimentos en una tienda cercana, cuando los sujetos lo balearon.

La Fiscalía investiga si esos dos homicidios guardan relación directa con el caso de defraudación a Colpensiones y al Instituto de Seguros Sociales. De hecho, el 19 de mayo de 2016 el teniente coronel Jesús de los Reyes, entonces comandante del Distrito 4 de la Policía Metropolitana indicó sobre el homicidio de Steel Suárez “se presume que hay una situación relacionada con posibles dineros a los cuales el señor tenía derecho y que parece ser fue víctima de un engaño”.

En tanto que los familiares de Serrano Henríquez dijeron a EL HERALDO, tras el hecho de sangre, que las últimas palabras de su padre podrían ser determinantes para dar con los autores del crimen.

“Cuando era trasladado hacia la clínica, antes de morir, le dijo a mi mamá que eso lo había mandado a hacer la abogada”, pero no dio nombre de la presunta autora intelectual del homicidio.

Precisamente, sobre Néstor Carlos Serrano Henríquez, el Juzgado 14 Laboral de Barranquilla profirió una sentencia en su favor, reconociéndole el derecho a una pensión de vejez por alto riesgo, sin cumplir los requisitos legales, condenando a Colpensiones al pago de una suma superior a los mil millones de pesos. “Esa decisión del 9 de diciembre de 2013, en favor de Néstor Carlos Serrano Henríquez, quien fue uno de los pensionados que fue asesinado... porque estos hechos están también matizados por la muerte de algunas personas”, dijo el fiscal.

En otro proceso, la Fiscalía encontró que el mismo juzgado condenó a Colpensiones al pago de una demanda que superó los $860 millones, por concepto de una pensión especial de vejez, sin cumplir los requisitos legales, así como al pago en costas y agencias en derecho. El demandante en este proceso, aseguró el fiscal, tuvo que salir del país, por amenazas de muerte que recibió.

Aceptaron los cargos imputados

El fiscal del caso les imputó a las once personas capturadas los delitos de concierto para delinquir, prevaricato por acción y por omisión; falsedad en documento público, peculado por apropiación, concusión, cohecho, acceso abusivo a sistema informático, daño informático agravado, infidelidad a los deberes profesionales, fraude procesal y destrucción, supresión u ocultamiento de documento público, cargos que los procesados aceptaron, menos José Gregorio Hernández Díaz.

En la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, el representante del ente acusador le solicitó a la Juez Décima Penal Municipal con funciones de control de garantías, imponer medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en lugar de su residencia a diez de los procesados, mientras se adelante el juicio oral en su contra.

Sobre William Eduardo Gerónimo Saltarín, el fiscal solicito a la togada la imposición de una medida de aseguramiento no privativa de la libertad, a la vez que le pidió la prohibición de salir del país, así como no salir de su lugar de residencia, en horario comprendido de 6 de la mañana hasta las 6 de la tarde.

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