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Cuando un alcalde decreta día cívico… ¿tenemos derecho a no ir a trabajar?

Para tener en cuenta en el sector público y privado.

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Cuando un alcalde declara a través de un decreto un día o una tarde cívica, no es obligatorio para el sector privado conceder descanso a sus trabajadores en la jornada cívica.

Esto aplica únicamente para los funcionarios públicos de la Alcaldía respectiva, sin embargo, el alcalde generalmente convoca a la comunidad, al sector público y privado para que se vinculen y participen en la jornada declarada cívica.

Es decir, no es obligatorio para los empleadores considerar día de descanso o festivo la jornada que ha sido declarada como un día cívico, quedará a voluntad de este si acoge o no lo decretado por el alcalde.


Un grupo de muchos Batman en día cívico | GKode


Los días festivos o de descanso están señalados expresamente en la ley, y son los únicos obligatorios para todos los empleadores, con fundamento en lo anterior al no estar señalados los días cívicos como descanso remunerado para las relaciones laborales privadas, el conceder un descanso remunerado quedará a voluntad del empleador.

Por ejemplo, los días de Carnavales en Barranquilla, las fiestas de noviembre de Cartagena, un evento deportivo, quedará a voluntad del empleador conceder o no el descanso remunerado.

Ahora, si el empleador decide suspender el trabajo, puede o no obligar a sus trabajadores a pagar el tiempo en otro día hábil.

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