¿Qué Pasa?

Código de Policía: entre demandas y ‘frenos’ de la Corte

Es una de las normas más demandadas del país al recibir más de 140 recursos en su contra.

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En junio, mes de los padres, dos procedimientos policiales trascendieron en medios de comunicación luego de que derivaran en enfrentamientos entre comunidad y uniformados. En los casos, uno ocurrido en el barrio Ferrocarril de Soledad, y el otro en San Luis, sur de Barranquilla, los agentes chocaron con la comunidad al tratar de ingresar a viviendas para apagar equipos de sonido a alto volumen.

“El problema comenzó porque se estaba celebrando el Día del Padre y ellos (los policías) llegaron con groserías para apagar la música. Uno de los señores les contestó con grosería y el policía lo agredió”, contó uno de los testigos, en relación con Ferrocarril.

Mientras que en San Luis, la versión de la autoridad fue que al sitio se llegó tras atender el llamado de la ciudadanía por el alto volumen de un picó y, en un aparente caso de intolerancia de la comunidad, se desencadenó la pelea con los uniformados. Entretanto, un habitante del sector expresó: “Yo salgo a defender a mi padre y resulto golpeado y con una cortada en la cabeza, los policías se excedieron en sus funciones”.

Situaciones como las anteriores hicieron que la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbara el artículo del Código de Policía que avalaba a los uniformados la entrada a las casas de los ciudadanos sin orden judicial.

El concepto indicaba que los uniformados podían entrar a los inmuebles privados de los vecinos que estuvieran perturbando la tranquilidad del lugar por música a alto volumen o cualquier fuente de ruido similar. Sin embargo, para el alto tribunal defensor de la Carta Magna, esta atribución de los uniformados “violaba el derecho a la privacidad de las personas”.

No obstante, la alta Corte dispuso que las autoridades policiales hoy siguen teniendo la competencia para solicitar desactivar las fuentes de ruido de un vecino molesto e imponer multas al respecto. Además, los policías pueden desactivar o desconectar las fuentes de ruido si están por fuera del domicilio.

Paralelo a esta ‘ruidosa’ modificación se dio otra más controversial: la Corte tumbó el artículo del Código de Policía que prohibía el consumo de sustancias psicoactivas y licor en los espacios públicos. Este ‘freno’ a la normativa fue altamente criticado por el presidente de la República y por gobernantes locales, quienes enfatizaron en acatar la disposición, pero al tiempo exigieron a las autoridades fortalecer los operativos para contrarrestar el flagelo del microtráfico, especialmente, en parques y entornos escolares.

Las demandas

Desde que el Código de Policía fue expedido en 2016 se tiene que a la fecha ha recibido al menos 140 recursos en su contra, por lo que la convierte en una de las normativas más demandadas del país, según lo explica el abogado Daniel Santos.

Según la Corte Constitucional y como lo registran algunos medios de comunicación capitalinos, solo este año se han radicado siete demandas contra el Código de Policía.

Este año, según un informe de la Constitucional, la iniciativa más demandada es la Ley de Financiamiento, con 24 solicitudes de revisión en fila; le sigue el Código Disciplinario (procesos disciplinarios contra servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas) que se sancionó en enero pasado y que entrará en vigencia en julio del 2021; en tercer lugar están el Código General del Proceso, el Código Penal del 2000 y el Código de Procedimiento Penal del 2004, con 9 demandas cada uno.

El Código de Policía contiene 243 artículos, creados por el Congreso de la República bajo el criterio de proteger la convivencia y las buenas relaciones de las personas.

De los recursos o demandas que se han interpuesto contra el Código, alrededor de 103 han sido archivados, y en 25 de estos casos ha habido sentencias. Los demás se encuentran en trámite.

Modificaciones


A comienzos de este año causó revuelo en todo el país el caso de un ciudadano bogotano que, basado en el Código de Policía, fue multado por un uniformado al comprar una empanada en un puesto callejero de la capital del país.

En su momento, la entonces ministra de Justicia, Gloria María Borrero, expresó que el caso había sido una “interpretación equivocada” de la autoridad, pues lo que aparecía en el Código de Policía no iba en el sentido de la acción de comprar una empanada. La funcionaria del gobierno dijo que la normativa perseguía era a las “mafias que se apoderaban del espacio público”.

A raíz de la polémica, un grupo de ciudadanos interpuso una demanda contra el numeral sexto del artículo 140 del Código Nacional de Policía. El recurso fue admitido por la Corte Constitucional y entró a revisar la norma que impone multas y sanciones a quienes “promuevan el uso u ocupación del espacio público”.

De acuerdo con los demandantes, la norma abría era la puerta al uso arbitrario de la autoridad por parte de los policías y violaba el derecho al trabajo de los vendedores ambulantes.

Ante eso, el debate llegó al Congreso de la República, donde el Partido Mira lideró un proyecto cuyo objetivo era proteger a todos los vendedores informales del país, incluidos desde luego los vendedores de empanadas. El proyecto fue bautizado con el nombre de ‘Ley Empanada’, en alusión al controvertido caso ocurrido en Bogotá.

A mediados de junio la ley fue aprobada por el Congreso de la República y pasó a sanción presidencial, estableciendo que las autoridades “no podrán” imponer multas a los ciudadanos por adquirir productos en la calle y tampoco podrán restringir la comercialización de los mismos.

Otras modificaciones al Código han sido la anulación de 28 artículos que reglamentaban el derecho a la reunión y las manifestaciones públicas o protestas, así como el traslado de ciudadanos que alteren el orden público.

En ese sentido, personas que estén bajo el efecto de sustancias alucinógenas o bajo el efecto del alcohol, como los que participen en riñas, pueden ser llevados a un hospital o sitios que determinen las alcaldías. En el caso de Barranquilla funciona la Unidad de Servicios Especializados en Convivencia Ciudadana y Justicia -UCJ- (antigua UPJ), con capacidad para 450 personas.

El ingreso a las viviendas por parte de la autoridad sin la orden de un juez también fue restringido. Este solo se podrá hace si en la vivienda hay un riesgo inminente o si se busca auxiliar a una persona que pida auxilio.

Y finalmente la Corte tumbó el artículo 191 que ordenaba la destrucción de bienes empleados en actividades ilícitas que atentaran contra los recursos naturales.

Barranquilla en cifras


El número total de comparendos del Código Nacional de Policía aplicados en Barranquilla y su área metropolitana en 2018, entre el primero de enero y el 22 de diciembre, fue de 70.325 sanciones.

La institución armada señaló que en la capital del Atlántico se elaboraron 44.291 comparendos sancionatorios, siendo la localidad Norte-Centro Histórico la de mayor número de aplicaciones con 16.102 registros. Le siguió la localidad Suroccidente con 10.795 sanciones a habitantes, Riomar con 6.088 comparendos, Suroriente con 5.930 y la Metropolitana con 5.376 sanciones.

En Soledad hubo 17.217 comparendos; 2.962 en Malambo; 2.577 en Galapa, y 3.456 sanciones e Puerto Colombia.

El comportamiento más sancionado por la autoridad, según el registro aportado, fue el de “consumir bebidas alcohólicas, sustancias sicoactivas o prohibidas en vía pública” con 25.219 sanciones. El segundo lugar fue el de “reñir o incitar a confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones”, con 5.989 sanciones; el tercer lugar, con 5.049 sanciones, fue “irrespetar a las autoridades”; cuatro lugar, con 4.445 sanciones, “portar sustancias prohibidas en espacio público”, y en quinto puesto, con 4.226 sanciones, “incumplir, desacatar, desconocer, e impedir la función o la orden del policía”.

En lo que corresponde a este 2019, las cifras del Código de Policía han tenido variaciones, en cuanto a las sanciones. De los 15.612 comparendos impuestos en toda el área metropolitana, solo 4 fueron por “consumir bebidas alcohólicas, sustancias sicoactivas o prohibidas en vía pública”, antes de ser modificada por la Corte, mientras que las sanciones por “sonidos o ruidos por reuniones o eventos, solo fueron 23 los castigados.

En cuanto a la riña, según la autoridad, hubo 1.084 sancionados, y la localidad Suroccidente fue la zona de la ciudad con más comparendos impuestos en el primer semestre del año con 2.777 multas.