¿Qué Pasa?

Samuel Viñas deberá ser llevado a cárcel de Cómbita

Juez deberá revocar la medida domiciliaria.

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Samuel Viñas Abohomor –el ex empresario de las confecciones, condenado a 42 años y nueve meses de prisión por el homicidio de su exesposa Clarena Acosta– deberá salir de su casa para continuar cumpliendo su pena en la cárcel de alta seguridad de Cómbita, en Boyacá.

Esto luego de que la Corte Suprema de Justicia decidiera negar la novena tutela que interpuso Viñas pidiendo casa por cárcel; y, por el contrario, se solicitara al juez Cuarto de Ejecución de penas de Barranquilla que “disponga lo necesario” para que Viñas regrese a la cárcel y, por consiguiente, quede sin efecto el beneficio de domiciliaria que este togado le había concedido a principios de febrero.

Ello haría que se cumpla la orden de traslado de Viñas a la cárcel de Cómbita que había sido emitida por el Inpec a raíz de los supuestos beneficios de acceso a internet y tenencia de teléfonos celulares y computadores de los que habría gozado Viñas durante los 10 años que estuvo encarcelado en la Penitenciaría El Bosque, en Barranquilla.

Así lo explicó a este medio el abogado de la familia de Clarena Acosta, Edgardo Niebles, luego de que se conociera este miércoles la decisión de la Corte Suprema de Justicia frente al caso de Viñas.

“A raíz de la resolución de la Corte, lo que corresponde ahora es que el juez de Barranquilla revoque la medida domiciliaria que concedió al abrogarse funciones que no le correspondían, para que Viñas sea devuelto a la penitenciaría El Bosque y, una vez allí, el Inpec pueda cumplir el traslado a Cómbita, porque eso debe ser así y yo velaré por que se cumpla”, indicó el abogado Niebles, quien además expresó que no esperaba menos de la Corte y que la familia de la mujer asesinada está conforme con la decisión.

El abogado también aseguró que si el juez Cuarto de Ejecución de penas se abstiene de revocar la medida que se cumplió el pasado 7 de febrero, se “se iría contra la Corte” y eso significaría una sanción mayor contra el togado, pues ya hay una denuncia y recursos de apelación y reposición en su contra.

“Si el juez no revoca la medida, la procuraduría y yo interpondremos los recursos necesarios para que entonces lo haga el Tribunal Superior de Justicia. Pero si el juez tiene todavía un poquitico de vergüenza, la tiene que revocar él”, insistió Niebles.

Denuncia vigente

Por otro lado, el abogado afirmó que el proceso penal contra el juez –denunciado por supuestamente incurrir en el delito de prevaricato– continúan vigente, pues, a su consideración, la decisión de la Corte “lo que hizo fue confirmar que hubo una irregularidad”.

“Es más, la Corte omitió el fraude del juez y decisión darle a Viñas más garantías de las que eran necesarias, quizá para que no siga presentando tutelas porque todavía le faltan más de 30 años de cárcel. Él nunca ha estado enfermo, ¿cuántas tutelas más va a poner?”, concluyó el representante de la familia de Clarena Acosta.

Por su parte, la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez, a través de una carta, le solicitó al fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, investigar a los jueces Luis Coronel Medina y Fernando Daza, por concederle el beneficio de prisión domiciliaria a Samuel Viñas.

La vicepresidenta aclaró que respeta la independencia de poderes en el país, al tiempo que mostró su “preocupación frente a la laxitud de la justicia en este caso, pues desde el pasado 7 de febrero, el confeso homicida se encuentra recluido en su residencia, en Barranquilla, por supuestos quebrantos de salud”. Señaló que este tipo de actuaciones de los jueces, envían un mal mensaje a la sociedad.

La enfermedad de Viñas

Esta casa editorial conoció el diagnóstico que emitió Medicina Legal luego de que la Procuraduría solicitara a la Corte Suprema de Justicia decretar que se analizara el estado de salud físico y mental de Viñas para determinar si, efectivamente, era incompatible con la prisión intramural.

De acuerdo con un especialista de la Unidad Básica de Medicina Legal, de la valoración médica resultó que Viñas Abohomor padece de problemas de hipertensión, arritmia cardiaca, dolores abdominales e insuficiencia venosa, lo cual requeriría de “manejo intrahospitalario con fines terapéuticos”.

Así mismo, reza en el fallo de la Corte Suprema que a Viñas se le practicó una valoración siquiátrica y mental en la que el mismo indiciado manifestó padecer un trastorno caracterizado por su “pobre tolerancia a la frustración”, acompañado de cambios en su estado de ánimo e “ideas suicidas”; un cuadro que, afirmó, tenía “varios años de evolución”, pero sin indicar cuándo habría empezado.

Con base en dicho diagnóstico, la sala de la Corte Suprema determinó que, si bien la salud de Viñas está “menguada” por varias patologías, ninguna de ellas resulta ser inviable con su detención en la cárcel.

“Nótese que en el informe al que se hace alusión se recomendó continuar con el tratamiento hospitalario y valoraciones médicas, pero en ningún momento se indicó que resultaba incompatible con la ejecución de la pena en establecimiento carcelario”, indicó el magistrado que resolvió negar la solicitud hecha por Viñas en una tutela y ordenó que fuese trasladado nuevamente a la cárcel.