La eliminación del 4 x 1000 beneficiaría la economía de los hogares colombianos.
La eliminación del 4 x 1000 beneficiaría la economía de los hogares colombianos. Archivo
¿Qué Pasa?

La nueva tributaria también tendrá que ver con el 4x1.000: ¿desaparecerá?

Según dio a conocer el nuevo director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, el impuesto se eliminará para movimientos menores a a $13,3 millones al mes. 

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En Colombia hay una fuerte discusión actualmente por la nueva reforma tributaria que, entre las mucas propuestas, podría afectar el precio de varios productos del consumo básico de muchas personas en el país, tales como la gaseosa y el salchichón. 

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El Gobierno nacional afirma que con este gravamen se busca un cambio en los hábitos de alimentación de los ciudadanos, pero la modificación en precios de productos de la canasta básica no ha caído bien. 

Sin embargo, una medida que podría contribuir de forma significativa al ingreso de los colombianos es una que también está contemplada en la nueva reforma: y tiene que ver con el impuesto al 4 x 1000. 

Este impuesto consiste en cobrar 4 pesos de cada 1.000 que se retiran en transacciones realizadas en cajeros automáticos, y es uno de los impuestos que más quejas genera cada año entre todos los colombianos. 

Según dio a conocer el nuevo director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, el impuesto se eliminará para movimientos menores a a $13,3 millones al mes. 

Agregó que “ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta”.

La disposición se encuentra en el artículo 64 del proyecto de ley de la reforma, el cual establece que “las instituciones agentes de retención en la fuente del Gravamen a los Movimientos Financieros deberán adoptar un sistema de control que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario". 

Actualmente, se aplica la exención del 4x1.000 exclusivamente a una cuenta de ahorros, depósito electrónico o tarjeta prepago por titular y siempre y cuando pertenezca a un único titular.

Cuando una persona sea titular de más de una cuenta de ahorros, depósito electrónico y tarjeta prepago en uno o varios establecimientos de crédito, deberá elegir una sola cuenta sobre la cual operará el beneficio tributario e indicárselo al respectivo establecimiento o entidad financiera.