Imagen de César Porto Ochoa tras el accidente y posterior a su captura
Imagen de César Porto Ochoa tras el accidente y posterior a su capturaCortesía y captura de pantalla
Historias

Conductor que arrolló a ciclista habría bebido desde la noche del viernes

La Fiscalía presentó un informe de Medicina Legal, entre otras pruebas, durante las audiencias preliminares en contra de César Porto Ochoa. EL HERALDO dialogó con el representante de la familia de Luis Cortázar, la víctima fatal del hecho.

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Sí, César Andrés Porto Ochoa, de 30 años, decidió no realizarse ninguna prueba que le demostrara a las autoridades que él, al parecer, conducía bajo estado de embriaguez cuando arrolló al ciclista y docente universitario Luis Fernando Cortázar Ávila, de 67 años, el sábado en la mañana en la Vía al Mar.

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Sin embargo, el fiscal especializado URI que asumió la investigación le presentó varias pruebas al juez primero municipal de Barranquilla con funciones de control de garantías, dentro de las que se encontraba el informe de un médico legista de Medicina Legal que dejó por sentado en el documento que el hoy imputado por el delito de homicidio doloso con dolo eventual tenía, supuestamente, ‘tufo’.

Además, el investigador señaló que, de acuerdo con las entrevistas realizadas a las personas que se encontraban con Porto Ochoa, ellos habrían estado ingiriendo distintas clases de bebidas alcohólicas desde la noche del viernes.

Esto lo constató AL DÍA en conversación exclusiva con Diego Duque Zuluaga, abogado representante de víctimas designado por la familia del señor Luis Cortázar.

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Según el jurista, las indagaciones del ente acusador apuntaron a determinar qué hizo el procesado en un lapso de la noche del pasado 14 de octubre hasta la mañana del sábado siguiente cuando ocurrió el siniestro. Fue así como el fiscal reveló que estas personas, aparentemente, iban a seguir una rumba, que llevaba varias horas, en una cabaña a las a fueras de la ciudad; empero, por motivos inciertos, César Andrés y los dos individuos que lo acompañaban decidieron devolverse por la Vía al Mar en aquel carro Volkswagen Gol, de placas GZW-737. Lo seguido de ello, toda una tragedia.

“La familia tiene un interés permanente, cercano y directo de acompañar el proceso. Nosotros, a partir de la petición que se elevó por parte de los allegados del señor Luis, tomamos contacto directo con la Fiscalía y la Procuraduría para los actos urgentes en la URI. Expusimos nuestra percepción sobre el tema, que tiene que ver con que esto se trató de un delito, que es un homicidio en accidente de tránsito, el cual podría en principio catalogarse, en lo que tiene que ver con la culpabilidad del detenido, como doloso”, afirmó Duque Zuluaga.

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Detalló que el comportamiento del detenido se debe tipificar como un dolo eventual, pues este se determina cuando se trata de casos en los que se ve vinculado la ingesta de bebidas alcohólicas, además de otras circunstancias.

“Dolo eventual, teóricamente, se entiende como un comportamiento, cuyas consecuencias la persona conoce y deja la causa del resultado librada al azar, lo que quiere decir es que no toma ninguna medida para evitar que el resultado potencialmente dañoso se vaya a concretar. Puntualmente, por ejemplo, estamos hablando de que él (Porto Ochoa) sabía que con su actuar, absolutamente imprudente, podría incurrir en un homicidio o lesionar a una persona y a pesar de conocer esa potencialidad, porque es un conductor con licencia, porque también es abogado y porque tenía la capacidad de reconocer que estaba haciendo una actividad peligrosa, dejó todo al azar”.

Duque Zuluaga continuó: “Sumado a lo anterior, el hecho de esa ingesta alcohólica, bebiendo desde el día viernes –según dijo la Fiscalía basada en las evidencias recopiladas y expuestas en las audiencias- demuestra por qué él, conocedor de las circunstancias, se reusó a que se le practicara una prueba de alcoholemia, consciente, al parecer, de que la misma le iba a dar positivo”.

¿Borracho?

El abogado detalló que lo anterior no excluye a Porto Ochoa de que otros medios probatorios puedan establecer que sí habría ingerido alcohol.

“Hay evidencia documental videográfica que existe y que circuló en redes sociales en la que se puede evidenciar claramente que el hombre estaba borracho; pero adicionalmente a eso, existe la evidencia de las entrevistas de las personas que estuvieron allí presentes en el acto y que ratifican que esta persona tenía aliento a alcohol”, dijo.

Paralelo a eso, según el jurista, así también lo ratificó el dictamen de Medicina Legal: “Si bien no se le pudo practicar una prueba de alcoholemia, el médico legista sí pudo dejar sentado, obviamente a partir de su percepción, que claramente el imputado tenía aliento a alcohol y que estaba en estado de alicoramiento”.

Y es que basados en esos argumentos, la Fiscalía le imputó al hombre la comisión del delito ya mencionado, cargos que no aceptó.

Asimismo, el ente acusador, señaló Duque Zuluaga, tiene conocimiento además de que esta persona estaba manejando en una posible alta velocidad en una zona donde había personas, que intentó huir, entre otros factores, para elevar una solicitud de medida de aseguramiento en su contra.

Es de anotar que la última audiencia preliminar en contra de Porto Ochoa se llevará a cabo entre la mañana y el mediodía de este martes.